Real Decreto 189/2018, de 6 de abril, por el que se establece el título de Técnico en comercialización de productos alimentarios y se fijan los aspectos básicos del currículo.
BOE-A-2018-4748 · Boletín Oficial del Estado, 2018-04-07 · Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Real Decreto 189/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 189/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-04-06
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 85, 2018-04-07
- Entrada en vigor
- 2018-04-08
- Departamento
- Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 24
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-4748
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Identificación del título.
- Artículo 3. Perfil profesional del título.
- Artículo 4. Competencia general.
- Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
- Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
- Artículo 7. Entorno profesional.
- Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.
- Artículo 9. Objetivos generales.
- Artículo 10. Módulos profesionales.
- Artículo 11. Espacios y equipamientos.
- Artículo 12. Profesorado.
- Artículo 13. Acceso a otros estudios.
- Artículo 14. Convalidaciones y exenciones.
- Artículo 15. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.
- Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.
- Disposición adicional segunda. Oferta a distancia de este título.
- Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
- Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.
- Disposición adicional quinta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.
- Disposición adicional sexta. Titulaciones habilitantes a efectos de docencia.
- Disposición transitoria única. Acceso a otros estudios.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. |
| De conformidad con | Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 189/2018?
- Real Decreto 189/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 189/2018?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 189/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.