Artículo 7. Entorno profesional.
Artículo 7 del Real Decreto 189/2018, de 6 de abril, por el que se establece el título de Técnico en comercialización de productos alimentarios y se fijan los aspectos básicos del currículo. · BOE-A-2018-4748
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-08.
Texto consolidado
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad en el ámbito del comercio de productos alimentarios, físico u online, en cualquier empresa u organización, en tiendas de alimentación al por menor o en los departamentos correspondientes de grandes superficies; bien sea por cuenta propia o ajena.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
a) Responsable/encargado de establecimiento alimentario.
b) Responsable/encargado de sección/sala/departamento de tienda de alimentación.
c) Gestor/a de pequeño comercio alimentario.
d) Responsable/encargado de comercios alimentarios online.
e) Asesor/a comercial de productos alimentarios.
f) Vendedor/a de productos alimentarios.
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