Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
BOE-A-2009-19915 · Boletín Oficial del Estado, 2009-12-11 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1826/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula la modificación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) para mejorar la eficiencia energética y reducir el consumo en edificios y locales climatizados. Aplica a todos los edificios y locales, tanto nuevos como existentes, desde su entrada en vigor el 28 de noviembre de 2009.
Entre los puntos clave, se establece la limitación de temperaturas en recintos climatizados: no se permitirá que la temperatura supere los 21 ºC en calefacción ni baje de 26 ºC en refrigeración. Además, se prohíbe la instalación de calderas con bajo rendimiento energético, con plazos específicos para su cumplimiento. Los edificios deben contar con dispositivos que muestren las temperaturas y humedad en lugares visibles, especialmente en aquellos con más de 1.000 m². También se requiere un sistema de cierre de puertas para evitar pérdidas de energía. Por último, se establece la obligación de realizar inspecciones periódicas para verificar el cumplimiento de estas normativas, que deben ser documentadas por empresas mantenedoras autorizadas.
Esta norma no está derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1826/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-11-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 298, 2009-12-11
- Entrada en vigor
- 2009-12-12
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 4
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-19915
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Consejo de Ministros en su sesión del 1 de agosto de 2008 aprobó el Plan de Activación del Ahorro y la Eficiencia Energética 2008-2011 que contiene 31 medidas, entre las que se encuentra la obligación de limitar las temperaturas a mantener en el interior de los establecimientos de edificios y locales climatizados destinados a usos administrativos, comerciales, culturales, de ocio y en estaciones de transporte, con el fin de reducir su consumo de energía. También propone la exhibición de la gama de temperaturas interiores registradas en los recintos de los edificios y locales que son frecuentados habitualmente por un número importante de personas o tienen una superficie superior a 1.000 m2, reforzando el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, que sólo lo…
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 38, de 12 de febrero de 2010 |
| Corrección de errores | en BOE núm. 127, de 25 de mayo de 2010 |
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1826/2009?
- Real Decreto 1826/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1826/2009?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1826/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.