Real Decreto 166/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2008-4478 · Boletín Oficial del Estado, 2008-03-08 · Ministerio de Economía y Hacienda
Real Decreto 166/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 166/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-02-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 59, 2008-03-08
- Entrada en vigor
- 2008-03-09
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-4478
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Por Real Decreto 883/1989, de 14 de julio, se creó y delimitó una zona de promoción económica en la Comunitat Valenciana, con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre.
Posteriormente, los Reales Decretos 126/1990, de 2 de febrero y 789/1991, de 17 de mayo, modificaron el anexo I del Real Decreto 883/1989, de 14 de julio, en el sentido de incluir los municipios de Pilar de la Horadada y San Juan de Moró entre los que comprende la zona de promoción económica de la Comunitat Valenciana.
A su vez, el Real Decreto 852/1992, de 10 de julio, modificó el artículo 5.1, del Real Decreto 883/1989, de 14 de julio, en el sentido de suprimir la excepción, en lo que al plazo de vigencia se refiere, de los cinco municipios de la comarca de Vall de Uxó.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito geográfico.
- Artículo 2. Techo máximo de las ayudas.
- Artículo 3. Zonas prioritarias.
- Artículo 4. Objetivos.
- Artículo 5. Plazo de vigencia.
- Artículo 6. Clases de incentivos regionales.
- Artículo 7. Sectores económicos promocionables.
- Artículo 8. Tipos y dimensiones mínimas de los proyectos.
- Artículo 9. Requisitos de los proyectos.
- Artículo 10. Conceptos de inversión.
- Artículo 11. Criterios de valoración de los proyectos.
- Artículo 12. Administración y gestión de los incentivos regionales.
- Artículo 13. Informe sobre el grado de ejecución de los proyectos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 130, de 29 de mayo de 2008 |
| Se prorroga | la vigencia, por Orden HAP/2444/2013, de 17 de diciembre |
| Se prorroga | la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, por Orden HAC/1239/2020, de 21 de diciembre |
| Se prorroga | la vigencia, por Orden HFP/1479/2021, de 22 de diciembre |
| Se modifica | los arts. 1 a 3, 5, 8 a 10 y 12, por Real Decreto 309/2015, de 24 de abril |
| Se modifica | los arts. 1, 2.1, 5.1, 8.2, 9.2 y el anexo, por Real Decreto 618/2022, de 26 de julio |
Normas a las que afecta (9)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 166/2008?
- Real Decreto 166/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 166/2008?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 166/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.