Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.
BOE-A-2007-20785 · Boletín Oficial del Estado, 2007-12-04 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 1544/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1544/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-11-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 290, 2007-12-04
- Entrada en vigor
- 2007-12-05
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 26
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-20785
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, sobre igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, estableció el marco de referencia para ir progresivamente avanzando en la adopción e implantación de las medidas para garantizar y hacer efectivo el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución.
Índice del articulado
- Artículo 1. Condiciones básicas de accesibilidad y utilización de los distintos modos de transporte para personas con discapacidad.
- Artículo 2. Transporte ferroviario.
- Artículo 3. Transporte marítimo.
- Artículo 4. Transporte aéreo.
- Artículo 5. Transporte por carretera.
- Artículo 6. Transporte urbano y suburbano en autobús.
- Artículo 7. Transporte en ferrocarril metropolitano.
- Artículo 8. Transporte en taxi adaptado.
- Artículo 8 bis. Transporte en vehículo adaptado de arrendamiento con conductor.
- Artículo 9. Servicios de transporte especial.
- Disposición adicional primera. Adaptaciones en instalaciones portuarias, aeroportuarias, ferroviarias, ferrocarril metropolitano y de transporte urbano y suburbano en autobús.
- Disposición adicional segunda. Adaptaciones en material móvil existente de transporte de pasajeros, marítimo, ferroviario, de ferrocarril metropolitano y de transporte en autobú…
- Disposición adicional tercera. Compatibilidad de lo dispuesto en los anexos con otras normas vigentes.
- Disposición adicional cuarta. Régimen sancionador.
- Disposición adicional quinta. Admisión de sillas de ruedas con motor eléctrico y escúteres en el transporte marítimo y terrestre.
- Disposición adicional sexta. Perros de apoyo a personas con trastornos diabéticos y epilépticos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
- Disposición final segunda. Actualización de los anexos.
- Disposición final tercera. Carácter de las condiciones establecidas en este real decreto.
- Disposición final cuarta. Elaboración de manuales técnicos.
- Disposición final quinta. Financiación.
- Disposición final sexta. Compensación del incremento de coste de los servicios regulares permanentes de transporte de viajeros por carretera.
- Disposición final séptima. Incorporación de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación al Código Técnico de la Edificación.
- Disposición final octava. Título competencial.
- Disposición final novena. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1544/2007?
- Real Decreto 1544/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1544/2007?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1544/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.