Disposición final tercera. Carácter de las condiciones establecidas en este real decreto.
Disposición final tercera del Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad. · BOE-A-2007-20785
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-05.
Texto consolidado
Dado el carácter de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación que tienen las contenidas en este real decreto, las comunidades autónomas y las administraciones locales podrán, en el ámbito de sus competencias, establecer las adicionales que estimen pertinentes en orden a favorecer dicha accesibilidad y no discriminación.
Más artículos de Real Decreto 1544/2007
- ← Disposición final segunda. Actualización de los anexos.
- → Disposición final cuarta. Elaboración de manuales técnicos.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.