Real Decreto 128/2013, de 22 de febrero, sobre ordenación del tiempo de trabajo para los trabajadores autónomos que realizan actividades móviles de transporte por carretera.
BOE-A-2013-2034 · Boletín Oficial del Estado, 2013-02-23 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 128/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 128/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-02-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 47, 2013-02-23
- Entrada en vigor
- 2013-02-24
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-2034
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Directiva 2002/15/CE del Parlamento y del Consejo de 11 de marzo de 2002, relativa a la ordenación del tiempo de trabajo de las personas que realizan actividades móviles de transporte por carretera, se aplica a los trabajadores móviles empleados por empresas establecidas en un Estado miembro y que participen en actividades de transporte por carretera incluidos en el Reglamento (CEE) 3820/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera, o, en su defecto, en el Acuerdo AETR, previendo su aplicación a los conductores autónomos a partir del 23 de marzo de 2009, tras la presentación por la Comisión Europea de un informe con el objeto bien de definir las modalidades de su inclusión en el ámbito de aplicación de la Directiva, bien de decidir su no inclusión en el ámbito de…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Tiempo de trabajo.
- Artículo 4. Tiempos de descanso.
- Artículo 5. Pausas.
- Artículo 6. Obligación de registrar el tiempo de trabajo.
- Artículo 7. Control.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de ejecución.
- Disposición final tercera. Incorporación del derecho de la Unión Europea.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (4)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 128/2013?
- Real Decreto 128/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 128/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.