Orden TMA/498/2021, de 21 de mayo, por la que se modifican los plazos para solicitar y formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado establecidos en la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
BOE-A-2021-8657 · Boletín Oficial del Estado, 2021-05-25 · Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Orden TMA/498/2021 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
Datos clave
- Rango
- Orden TMA/498/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-05-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 124, 2021-05-25
- Entrada en vigor
- 2021-05-25
- Departamento
- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
- Estado
- Vigencia agotada
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 3
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-8657
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
Normas a las que afecta (1)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden TMA/498/2021?
- Orden TMA/498/2021 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden TMA/498/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.