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Orden Estatal Vigencia agotada

Orden TMA/498/2021, de 21 de mayo, por la que se modifican los plazos para solicitar y formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado establecidos en la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

BOE-A-2021-8657 · Boletín Oficial del Estado, 2021-05-25 · Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Orden TMA/498/2021 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).

Datos clave

Rango
Orden TMA/498/2021
Fecha de la disposición
2021-05-21
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 124, 2021-05-25
Entrada en vigor
2021-05-25
Departamento
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Estado
Vigencia agotada
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
3
Identificador BOE
BOE-A-2021-8657
Texto consolidado
boe.es · ELI

Normas a las que afecta (1)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden TMA/498/2021?
Orden TMA/498/2021 sigue formalmente vigente, pero su vigencia está agotada: sus efectos ya se han consumido (caso típico de leyes de presupuestos de ejercicios pasados).
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden TMA/498/2021?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.