Orden TEC/544/2019, de 25 de abril, por la que se constituye y regula el registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados.
BOE-A-2019-7219 · Boletín Oficial del Estado, 2019-05-15 · Ministerio para la Transición Ecológica
Orden TEC/544/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula la creación y funcionamiento del Registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados, adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica. Aplica a todas las comunidades autónomas y entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, el 26 de abril de 2019.
Los puntos clave de esta orden incluyen la obligación de las comunidades autónomas de remitir información para alimentar el registro, que se compone de dos secciones: una para certificados expedidos y otra para centros formativos y evaluadores. Además, se establece que los datos personales de los profesionales certificados serán accesibles al público a través de este registro. Por otro lado, se garantiza que la implementación de esta norma no generará un incremento del gasto público, ya que se utilizarán recursos ya existentes en el Ministerio. Los certificados y autorizaciones vigentes antes de la entrada en vigor de esta orden se integrarán automáticamente en el nuevo registro. La norma no ha sido derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Orden TEC/544/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-04-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 116, 2019-05-15
- Entrada en vigor
- 2019-05-16
- Departamento
- Ministerio para la Transición Ecológica
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 6
- Identificador BOE
- BOE-A-2019-7219
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El apartado primero del artículo 7 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados, establece que las comunidades autónomas designarán un órgano competente imparcial en el desempeño de sus actividades para el mantenimiento de los siguientes registros: a) Registro de certificados expedidos, en el que se incluirán, asimismo, las suspensiones temporales de los mismos en el caso de infracciones graves o reiteradas infracciones leves y de retiro de manera permanente en caso de infracciones muy graves o reiteradas infracciones de carácter grave. Igualmente, se recogerán las inhabilitaciones…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Registro unificado sobre certificados y centros de formación de gases fluorados. Naturaleza jurídica, ámbito de aplicación y contenido.
- Disposición adicional única. No incremento del gasto público.
- Disposición transitoria única. Certificaciones existentes.
- Disposición final primera. Titulo competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden TEC/544/2019?
- Orden TEC/544/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden TEC/544/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.