Orden PCM/509/2020, de 3 de junio, por la que se regulan las especialidades en la Guardia Civil.
BOE-A-2020-5900 · Boletín Oficial del Estado, 2020-06-10 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Orden PCM/509/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden PCM/509/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-06-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 163, 2020-06-10
- Entrada en vigor
- 2021-06-10
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 21
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-5900
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Guardia Civil, como parte integrante de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, tiene la misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, encomendada por la Constitución Española en su artículo 104.
La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en desarrollo del mandato constitucional, recoge en el capítulo II de su título II las funciones a desempeñar por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para el cumplimiento de tal misión.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Cualificaciones específicas de la Guardia Civil.
- Artículo 5. Modalidades y niveles.
- Artículo 6. Especialidades y sus modalidades.
- Artículo 7. Requisitos para la obtención de una especialidad y condiciones para su ejercicio.
- Artículo 8. Escalas, empleos y situaciones administrativas en las que se puede adquirir y mantener la especialidad.
- Artículo 9. Requisitos y condiciones para el mantenimiento, la renovación y la caducidad de las cualificaciones específicas.
- Artículo 10. Pérdida de las cualificaciones específicas.
- Artículo 11. Compatibilidad entre las diferentes especialidades.
- Artículo 12. Condiciones generales de cumplimiento de la servidumbre por razón de título.
- Artículo 13. Convalidaciones entre las cualificaciones específicas.
- Disposición adicional primera. Contenido de las cualificaciones específicas.
- Disposición adicional segunda. Función de seguridad ciudadana.
- Disposición adicional tercera. Adaptaciones orgánicas.
- Disposición transitoria primera. Homologación de las cualificaciones específicas.
- Disposición transitoria segunda. Requisitos y servidumbres asociados a los puestos orgánicos de especialistas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Regulación de las especialidades.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden PCM/509/2020?
- Orden PCM/509/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden PCM/509/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.