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Orden JUS/568/2006, de 8 de febrero, sobre modificación de modelos de asientos y certificaciones del Registro Civil y del Libro de Familia.

BOE-A-2006-3764 · Boletín Oficial del Estado, 2006-03-03 · Ministerio de Justicia

Orden JUS/568/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.

Resumen

Esta norma regula la modificación de los modelos de asientos y certificaciones del Registro Civil y del Libro de Familia para adaptarse a la Ley 13/2005, que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. Aplica a todos los ciudadanos que se casen, independientemente de su orientación sexual, y entró en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, con algunas disposiciones específicas que se aplican a los 30 días.

Los puntos clave de esta norma incluyen la modificación del modelo del Libro de Familia, que ahora incluirá términos neutros como "cónyuge A" y "cónyuge B" para matrimonios entre personas del mismo sexo. Además, se eliminan referencias a la profesión de los padres en las inscripciones de nacimiento y matrimonio, y se sustituye por el sexo del progenitor. También se habilita a la Dirección General de los Registros y del Notariado para aprobar nuevos modelos de inscripciones marginales y se permite el uso de libros de familia ya editados hasta agotar existencias. Esta orden no está derogada y se mantiene vigente.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden JUS/568/2006
Fecha de la disposición
2006-02-08
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 53, 2006-03-03
Entrada en vigor
2006-03-04
Departamento
Ministerio de Justicia
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-18
Artículos
13
Identificador BOE
BOE-A-2006-3764
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código civil en materia de derecho a contraer matrimonio, permite que el matrimonio sea celebrado entre personas del mismo o distinto sexo, con plenitud e igualdad de derechos y obligaciones cualquiera que sea su composición. En consecuencia, los efectos del matrimonio serán únicos en todos los ámbitos con independencia del sexo de los contrayentes, incluyendo lógicamente los efectos que se derivan del matrimonio en el ámbito del Registro Civil.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden JUS/568/2006?
Orden JUS/568/2006 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
¿Qué normas modifican o afectan a Orden JUS/568/2006?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden JUS/568/2006?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.