Orden JUS/3473/2005, de 8 de noviembre, sobre difusión y publicidad de las resoluciones concursales a través de Internet.
BOE-A-2005-18424 · Boletín Oficial del Estado, 2005-11-09 · Ministerio de Justicia
Orden JUS/3473/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Orden JUS/3473/2005 regula la difusión y publicidad de las resoluciones concursales a través de un portal de Internet. Esta norma aplica a todos los interesados en información sobre situaciones concursales desde su entrada en funcionamiento el 1 de diciembre de 2005.
Los puntos clave de esta norma incluyen la creación de un portal accesible y gratuito, denominado "Registro Público de Resoluciones Concursales", que centraliza toda la información relevante sobre concursos. Este portal debe ofrecer información en varios idiomas y estar estructurado en secciones específicas, como deudores concursados, administradores inhabilitados y edictos concursales. Además, se establece que el acceso a la información será público, sin necesidad de justificar interés, aunque la información sobre sentencias no firmes estará restringida a los órganos jurisdiccionales. Por último, se contempla la cancelación automática de datos relacionados con inhabilitaciones una vez transcurrido el período correspondiente.
Esta norma no está derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Orden JUS/3473/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-11-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 268, 2005-11-09
- Entrada en vigor
- 2005-11-10
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 8
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-18424
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La presente Orden ministerial se dicta en desarrollo y aplicación del Real Decreto 685/2005, de 10 de junio, sobre publicidad de resoluciones concursales y por el que se modifica el Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, en materia de publicidad registral de las resoluciones concursales.
Conforme a la Disposición adicional única del Real Decreto 685/2005, de 10 de junio, corresponde al Ministro de Justicia determinar la fecha de entrada en funcionamiento del portal de Internet, mediante Orden que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Índice del articulado
Normas a las que afecta (1)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden JUS/3473/2005?
- Orden JUS/3473/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden JUS/3473/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.