Orden JUS/1357/2014, de 16 de julio, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la primera fase del plan del Ministerio de Justicia para la implantación de la Nueva Oficina Fiscal.
BOE-A-2014-8028 · Boletín Oficial del Estado, 2014-07-28 · Ministerio de Justicia
Orden JUS/1357/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden JUS/1357/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-07-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 182, 2014-07-28
- Entrada en vigor
- 2014-07-29
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-8028
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Los criterios de agilidad, calidad y eficacia que promueve la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, suponen para la Administración de Justicia una reestructuración organizativa, que se ha dado a conocer como Nueva Oficina Judicial, consistente en una organización de carácter instrumental que presta soporte y apoyo necesario a la actividad jurisdiccional de Jueces y Tribunales. Estos mismos principios son aplicables al ámbito de actuación del Ministerio Fiscal, de ahí que proceda igualmente referirse a la Nueva Oficina Fiscal, como la organización de carácter instrumental que presta servicio y apoyo a los miembros del Ministerio Fiscal.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Concepto.
- Artículo 4. Dotación de puestos.
- Artículo 5. Centro de destino.
- Artículo 6. Apoyo a la guardia.
- Artículo 7. Coordinador de la oficina fiscal.
- Artículo 8. Secretaría Personal. Tramitador de Apoyo a Jefatura.
- Artículo 9. Responsable de control de registro, estadística y calidad.
- Artículo 10. Funciones del personal al servicio de la Administración de Justicia.
- Artículo 11. Colaboración del Servicio Común Procesal General de la Oficina judicial y la Oficina fiscal.
- Artículo 12. Personal colaborador.
- Disposición adicional única. Tabla de códigos.
- Disposición transitoria única. Procesos de acoplamiento.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden JUS/1357/2014?
- Orden JUS/1357/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden JUS/1357/2014?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden JUS/1357/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.