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Orden Vigente

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2 de la Orden JUS/1357/2014, de 16 de julio, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la primera fase del plan del Ministerio de Justicia para la implantación de la Nueva Oficina Fiscal. · BOE-A-2014-8028

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-29.

Texto consolidado

La presente Orden es de aplicación a las Fiscalías de las ciudades de Murcia, Cáceres, Cuenca, Ceuta y Melilla, en que se implanta la oficina fiscal, junto con las respectivas Secciones Territoriales de Cieza y Lorca, dependientes de Murcia, y Plasencia dependiente de Cáceres, que se recogen en el anexo I.

Las Relaciones de Puestos de Trabajo se unen a la presente Orden como anexo I.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-29.

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