Orden ISM/45/2021, de 21 de enero, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital y se regula su composición y funciones.
BOE-A-2021-1136 · Boletín Oficial del Estado, 2021-01-27 · Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Orden ISM/45/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden ISM/45/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-01-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 23, 2021-01-27
- Entrada en vigor
- 2021-01-28
- Departamento
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-1136
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, define una serie de órganos colegiados y de unidades que implementarán las políticas de racionalización y transformación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
Así, su artículo 7 se refiere a las Comisiones Ministeriales de Administración Digital, configurándolas como los órganos colegiados de ámbito ministerial responsables del impulso y de la coordinación interna en cada Departamento en materia de Administración digital.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto, adscripción y naturaleza.
- Artículo 2. Ámbito de actuación.
- Artículo 3. Organización de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
- Artículo 4. Funciones.
- Artículo 5. Composición del Pleno.
- Artículo 6. Composición de la Comisión Permanente.
- Artículo 7. Funcionamiento del Pleno de la CMAD y de la Comisión Permanente.
- Artículo 8. Ponencias técnicas y grupos de trabajo.
- Artículo 9. Petición de información y deber de colaboración.
- Disposición adicional primera. No incremento del gasto público.
- Disposición adicional segunda. Referencias normativas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Instrucciones de ejecución.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden ISM/45/2021?
- Orden ISM/45/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ISM/45/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.