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Orden HAP/538/2013, de 5 de abril, por la que se aprueban los modelos 584 "Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica. Autoliquidación y pagos fraccionados" y 585 "Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas. Autoliquidación y pagos fraccionados", y se establece la forma y procedimiento para su presentación.

BOE-A-2013-3671 · Boletín Oficial del Estado, 2013-04-06 · Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Orden HAP/538/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

La Orden HAP/538/2013 regula la aprobación de los modelos 584 y 585, que corresponden al Impuesto sobre la producción y almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos, respectivamente. Esta norma se aplica a personas físicas y jurídicas que realicen actividades relacionadas con la producción y almacenamiento de estos materiales, y entró en vigor el 6 de abril de 2013.

Entre los puntos clave, se establece que los contribuyentes deben presentar el modelo 584 para autoliquidar el impuesto y realizar pagos fraccionados dentro de los primeros 20 días naturales del mes siguiente a cada período impositivo, así como en junio y diciembre. Para el modelo 585, el plazo de autoliquidación es de 20 días naturales tras el devengo del impuesto, con pagos fraccionados en abril, julio y octubre. Además, la presentación de ambos modelos debe hacerse de forma telemática, lo que implica que los contribuyentes deben contar con un certificado electrónico y cumplir con ciertos requisitos técnicos. Esta norma no está derogada ni anulada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden HAP/538/2013
Fecha de la disposición
2013-04-05
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 83, 2013-04-06
Entrada en vigor
2013-04-07
Departamento
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
10
Identificador BOE
BOE-A-2013-3671
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Con el fin de armonizar nuestro sistema fiscal con un uso más eficiente y respetuoso con el medioambiente y la sostenibilidad y para favorecer el equilibrio presupuestario en el marco de la estrategia de integración de las políticas medioambientales, la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, ha creado en su Título II dos nuevas figuras impositivas: el Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica, y el Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (4)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden HAP/538/2013?
Orden HAP/538/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Orden HAP/538/2013?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden HAP/538/2013?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.