Orden HAC/1097/2020, de 24 de noviembre, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos previstos en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.
BOE-A-2020-14876 · Boletín Oficial del Estado, 2020-11-25 · Ministerio de Hacienda
Orden HAC/1097/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
La Orden HAC/1097/2020 regula la distribución definitiva de los recursos del Tramo 4 del Fondo COVID-19 entre las Comunidades Autónomas de régimen común. Esta norma aplica a todas las Comunidades Autónomas y entró en vigor el 24 de noviembre de 2020, fecha de su publicación en el BOE.
Los puntos clave de esta norma son: en primer lugar, se establece que se distribuirán 5.000 millones de euros entre las Comunidades Autónomas, basándose en criterios relacionados con la disminución de ingresos debido a la crisis económica provocada por el COVID-19. En segundo lugar, se detalla que el libramiento de estos recursos se realizará en diciembre de 2020, lo que permitirá a las Comunidades Autónomas hacer frente a las necesidades presupuestarias derivadas de la pandemia. Por último, la orden otorga al Ministerio de Hacienda la responsabilidad de determinar la cuantía de esta distribución, asegurando así una gestión centralizada de los fondos. Esta norma no está derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Orden HAC/1097/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-11-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 309, 2020-11-25
- Entrada en vigor
- 2020-11-25
- Departamento
- Ministerio de Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 2
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-14876
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La presente orden tiene como objeto determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas de régimen común de los recursos del Tramo 4, previsto en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.
El Fondo COVID-19 se configura como un fondo excepcional de carácter presupuestario, cuyo objeto es dotar de mayor financiación, mediante transferencias, a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, para hacer frente a la incidencia presupuestaria derivada de la crisis originada por el COVID-19.
Índice del articulado
Normas a las que afecta (1)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden HAC/1097/2020?
- Orden HAC/1097/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden HAC/1097/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.