Orden FOM/1452/2008, de 28 de abril, por la que se regula la asignación de recursos a los programas financiados con cargo al uno por ciento cultural del Ministerio de Fomento.
BOE-A-2008-9217 · Boletín Oficial del Estado, 2008-05-28 · Ministerio de Fomento
Orden FOM/1452/2008 está derogada desde el 2014-04-18: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden FOM/1452/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-04-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 129, 2008-05-28
- Entrada en vigor
- 2008-05-29
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2014-04-18
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 9
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-9217
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La experiencia acumulada en la aplicación de lo dispuesto en el articulo 68 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y en el artículo 58 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, por el que se desarrolla parcialmente dicha Ley, en los que se establece la obligación de que en toda obra pública financiada total o parcialmente por el Estado, quede incluida una partida equivalente, al menos, del uno por ciento de los fondos de aportación estatal, aconseja establecer un procedimiento homogéneo para las retenciones de estos créditos y su posterior asignación y distribución, en base a lo estipulado en los distintos acuerdos de colaboración suscritos entre los Ministerios de Cultura y de Fomento desde 1994, para la actuación conjunta en el patrimonio histórico español, de tal forma que quede asegurada una política unitaria en relación con el uno por ciento cultural…
Índice del articulado
- Artículo 1. Retención del crédito.
- Artículo 2. Transferencias de crédito.
- Artículo 3. Asignación de los créditos retenidos a la Subsecretaría del Ministerio de Fomento.
- Artículo 4. Asignación de los créditos retenidos al Centro de Estudios Históricos de Obras Públicas y Urbanismo (CEHOPU).
- Artículo 5. Remanente del crédito no ejecutado.
- Artículo 6. Derogación de normas anteriores.
- Disposición adicional única. Plazo de presentación de actividades durante 2008.
- Disposición transitoria única. Régimen de las cantidades no aplicadas.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden FOM/1452/2008?
- Orden FOM/1452/2008 está derogada desde el 2014-04-18: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden FOM/1452/2008?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden FOM/1452/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.