Artículo 2. Transferencias de crédito.
Artículo 2 de la Orden FOM/1452/2008, de 28 de abril, por la que se regula la asignación de recursos a los programas financiados con cargo al uno por ciento cultural del Ministerio de Fomento. · BOE-A-2008-9217
Atención: Orden FOM/1452/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El importe total retenido por cada obra afectada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior, se comunicará a la Dirección General de Programación Económica, remitiendo el certificado de retención de crédito original.
(Párrafo segundo derogado)
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-8020.
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