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Orden Estatal Vigente

Orden ETU/320/2018, de 26 de marzo, por la que se establecen los requisitos y condiciones en las que otros habilitados, distintos de los expresamente facultados por los artículos 154.2 y 169.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, podrán traducir patentes europeas y solicitudes internacionales de patentes a que se refieren dichos artículos.

BOE-A-2018-4244 · Boletín Oficial del Estado, 2018-03-27 · Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital

Orden ETU/320/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Datos clave

Rango
Orden ETU/320/2018
Fecha de la disposición
2018-03-26
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 75, 2018-03-27
Entrada en vigor
2018-03-30
Departamento
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
3
Identificador BOE
BOE-A-2018-4244
Texto consolidado
boe.es · ELI

Normas a las que afecta (1)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden ETU/320/2018?
Orden ETU/320/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden ETU/320/2018?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.