El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Disposición final primera. Responsabilidad de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por las traducciones aportadas.

Disposición final primera de la Orden ETU/320/2018, de 26 de marzo, por la que se establecen los requisitos y condiciones en las que otros habilitados, distintos de los expresamente facultados por los artículos 154.2 y 169.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, podrán traducir patentes europeas y solicitudes internacionales de patentes a que se refieren dichos artículos. · BOE-A-2018-4244

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-30.

Texto consolidado

La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. no se hace responsable de las traducciones aportadas ni garantiza su fidelidad y exactitud, aun habiendo sido realizadas por aquel que declare responsablemente cumplir los requisitos y condiciones indicados en la presente orden ministerial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-03-30.

Más artículos de Orden ETU/320/2018

En El Vínculo puedes leer Orden ETU/320/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.