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Orden EHA/1327/2009, de 26 de mayo, sobre normas especiales para la elaboración, documentación y presentación de la información contable de las sociedades de garantía recíproca.

BOE-A-2009-8812 · Boletín Oficial del Estado, 2009-05-28 · Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/1327/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

Esta norma regula la elaboración, documentación y presentación de la información contable de las sociedades de garantía recíproca. Aplica a estas sociedades desde su entrada en vigor el 27 de mayo de 2009, y se debe aplicar a las cuentas anuales de 2008.

Entre los puntos clave, establece que las sociedades deben ajustar su información contable a las normas específicas de esta orden y al Plan General de Contabilidad, priorizando las primeras. También deben presentar cuentas anuales que incluyan balance, cuenta de pérdidas y ganancias, y otros estados financieros, y remitir trimestralmente estados de carácter reservado al Banco de España. Además, se introduce la obligación de constituir un fondo de provisiones técnicas para cubrir el riesgo de crédito, que debe ser al menos el 1% del total del riesgo vivo asumido. Por último, se deroga la Orden de 12 de febrero de 1998, que regulaba previamente esta materia.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden EHA/1327/2009
Fecha de la disposición
2009-05-26
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 129, 2009-05-28
Entrada en vigor
2009-05-29
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
9
Identificador BOE
BOE-A-2009-8812
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El artículo 4 del Real Decreto 2345/1996, de 8 de noviembre, relativo a las normas de autorización administrativa y requisitos de solvencia de las sociedades de garantía recíproca, establece que éstas ajustarán su información contable a los principios contenidos en el Plan General de Contabilidad, con las adaptaciones que se establezcan mediante orden del Ministro de Economía y Hacienda. Añade el mencionado artículo que las sociedades de garantía recíproca ajustarán su normativa contable específica a los criterios y terminología aplicable en esta materia a las entidades de crédito y sujetarán la evaluación y cobertura del riesgo de crédito específico de sus operaciones a las disposiciones de orden contable aplicables a las propias entidades de crédito, siendo estas mismas disposiciones también aplicables a la valoración de los activos adjudicados en pago de deudores.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden EHA/1327/2009?
Orden EHA/1327/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden EHA/1327/2009?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
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