Orden de 12 de enero de 1995 por la que se establecen las tarifas eléctricas.
BOE-A-1995-1048 · Boletín Oficial del Estado, 1995-01-14 · Ministerio de Industria y Energía
BOE-A-1995-1048 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
La Orden de 12 de enero de 1995 establece las tarifas eléctricas aplicables en España para ese año. Esta norma es de aplicación a todas las empresas que suministran energía eléctrica y a los consumidores de electricidad en el país desde el 1 de enero de 1995.
Entre los puntos clave, se definen las tarifas básicas que se aplicarán, así como los precios de los alquileres de equipos de medida y las cantidades a satisfacer por derechos de acometida y enganche para nuevas instalaciones. Además, se establece que la "Red Eléctrica de España" recibirá un porcentaje de la facturación por la venta de energía, y se regula la inspección de las condiciones de facturación de los suministros que apliquen complementos tarifarios. También se menciona que los abonados con varios suministros pueden unificarlos, con la posibilidad de reducir la potencia total contratada si lo desean.
Finalmente, esta Orden deroga la anterior normativa sobre tarifas eléctricas de 1 de enero de 1994 y cualquier disposición de menor rango que contradiga lo dispuesto en esta nueva regulación.
Datos clave
- Rango
- Orden
- Fecha de la disposición
- 1995-01-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 12, 1995-01-14
- Entrada en vigor
- 1995-02-03
- Departamento
- Ministerio de Industria y Energía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-1048
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 6 del Real Decreto 2550/1994, de 29 de diciembre, establece que el Ministerio de Industria y Energía realizará la distribución del aumento promedio global tarifario para 1995 entre las distintas tarifas para la venta de energía eléctrica que aplican las empresas acogidas al SIFE y asimismo le faculta para dictar nuevas formas de aplicación de los complementos tarifarios, la realización de las modificaciones oportunas que permitan una aplicación más flexible y precisa de la normativa existente y para desarrollar el sistema de tarifas establecido con carácter experimental de tarifa horaria de potencia, que podrá ampliarse a nuevos consumidores. Este sistema seguirá teniendo carácter experimental y coexistiendo con el general, y será optativo para el consumidor.
Índice del articulado
- Primero.
- Segundo.
- Tercero.
- Cuarto.
- Quinto.
- Sexto.
- Séptimo.
- Disposición transitoria primera. Derechos de acometida, enganche y verificación.
- Disposición transitoria segunda. Unificación de suministro.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
Normas que la modifican o afectan (14)
Normas a las que afecta (6)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Real Decreto 2949/1982, de 15 de octubre |
| Cita | Real Decreto 1725/1984, de 18 de julio |
| Cita | Real Decreto 91/1985, de 23 de enero |
| De conformidad con | art. 14 del Real Decreto 2366/1994, de 19 de diciembre |
| De conformidad con | art. 5 del Real Decreto 2550/1994, de 29 de diciembre |
| Deroga | , en cuanto se oponga, Orden de 1 de enero de 1994 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1995-1048?
- BOE-A-1995-1048 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1995-1048?
- El BOE registra 14 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1995-1048?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.