Orden APM/532/2018, de 25 de mayo, por la que se regula la pesca de gamba rosada (Aristeus antennatus) con arte de arrastre de fondo en determinadas zonas marítimas próximas a Palamós.
BOE-A-2018-7015 · Boletín Oficial del Estado, 2018-05-26 · Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Orden APM/532/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden APM/532/2018
- Fecha de la disposición
- 2018-05-25
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 128, 2018-05-26
- Entrada en vigor
- 2018-05-27
- Departamento
- Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-2018-7015
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento (CE) n.º 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 2847/93 y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1626/94, fija como objetivo principal establecer un marco de gestión eficaz para la protección estricta de determinadas especies marinas, así como la conservación de los hábitats naturales y la fauna y flora silvestres.
Asimismo el referido Reglamento establece, en su artículo 19, que los Estados miembros elaborarán planes de gestión plurianuales en sus aguas territoriales para determinadas modalidades pesqueras.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Delimitación de las zonas reguladas.
- Artículo 4. Buques autorizados.
- Artículo 5. Características del arte.
- Artículo 6. Limitación de la actividad en los caladeros.
- Artículo 7. Período de veda.
- Artículo 8. Ajuste de la capacidad de la flota.
- Artículo 9. Evaluación de los resultados y posibles medidas de salvaguarda.
- Artículo 10. Seguimiento y control.
- Artículo 11. Financiación de las paradas temporales.
- Artículo 12. Infracciones y sanciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta de conformidad | el art. 7.1 y se regulan paradas temporales para la modalidad de arrastre de fondo: Orden APA/1432/2018, de 28 de diciembre |
| Corrección de errores | en BOE núm. 145 de 15 de junio de 2018 |
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden APM/532/2018?
- Orden APM/532/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden APM/532/2018?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden APM/532/2018?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.