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Orden APM/532/2018, de 25 de mayo, por la que se regula la pesca de gamba rosada (Aristeus antennatus) con arte de arrastre de fondo en determinadas zonas marítimas próximas a Palamós.

BOE-A-2018-7015 · Boletín Oficial del Estado, 2018-05-26 · Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

Orden APM/532/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

La Orden APM/532/2018 regula la pesca de gamba rosada (Aristeus antennatus) mediante arte de arrastre de fondo en zonas marítimas cercanas a Palamós. Esta norma se aplica a los buques con base en dicho puerto y a toda la flota española de arrastre de fondo que opere en las áreas especificadas, con vigencia de cinco años desde su publicación el 26 de mayo de 2018.

Entre las obligaciones más relevantes, se establece que solo los buques autorizados pueden pescar en determinadas zonas, y se limita el tiempo de actividad a once horas diarias y cinco días a la semana. Además, se implementa un período de veda de sesenta días anuales, durante el cual la flota debe permanecer amarrada. También se prohíbe el aumento del número de buques y el incremento de la potencia de los motores de las embarcaciones autorizadas, buscando así reducir la presión pesquera sobre la gamba rosada. Esta orden deroga la anterior Orden AAA/923/2013, de 16 de mayo, que regulaba la misma actividad.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Orden APM/532/2018
Fecha de la disposición
2018-05-25
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 128, 2018-05-26
Entrada en vigor
2018-05-27
Departamento
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
16
Identificador BOE
BOE-A-2018-7015
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

El Reglamento (CE) n.º 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 2847/93 y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1626/94, fija como objetivo principal establecer un marco de gestión eficaz para la protección estricta de determinadas especies marinas, así como la conservación de los hábitats naturales y la fauna y flora silvestres.

Asimismo el referido Reglamento establece, en su artículo 19, que los Estados miembros elaborarán planes de gestión plurianuales en sus aguas territoriales para determinadas modalidades pesqueras.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (2)

Normas a las que afecta (3)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Orden APM/532/2018?
Orden APM/532/2018 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Qué normas modifican o afectan a Orden APM/532/2018?
El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden APM/532/2018?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.