Decreto-ley 7/2019, de 12 de marzo, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes en materia de transporte de viajeros mediante el arrendamiento de vehículos con conductor.
BOA-d-2019-90366 · Boletín Oficial de Aragón, 2019-03-15 · Comunidad Autónoma de Aragón
Decreto-ley 7/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2023-12-26.
Resumen
El Decreto-ley 7/2019, de 12 de marzo, regula el transporte de viajeros mediante el arrendamiento de vehículos con conductor en Aragón, estableciendo condiciones para su explotación y control. Esta norma se aplica a todos los servicios de transporte de viajeros en esta modalidad, tanto urbanos como interurbanos, en el territorio aragonés, y entró en vigor el día siguiente a su publicación.
Entre los puntos clave, se establece que para realizar servicios de transporte urbano se requiere una licencia otorgada por el municipio donde esté registrado el vehículo. Además, las entidades locales tienen la facultad de fijar o modificar las condiciones de explotación de estos servicios, lo que incluye aspectos como la precontratación y el tiempo mínimo de espera de 15 minutos entre la contratación y la salida del vehículo. También se prohíbe que los vehículos capturen clientes en la vía pública, debiendo permanecer estacionados en su base cuando no estén contratados. Este decreto busca garantizar un equilibrio en la oferta de transporte y mejorar la gestión de la movilidad en Aragón, respondiendo a la necesidad urgente de regulación en este ámbito. No se menciona que esté derogado o anulado.
Datos clave
- Rango
- Decreto-ley 7/2019
- Fecha de la disposición
- 2019-03-12
- Publicación
- Boletín Oficial de Aragón núm. 52, 2019-03-15
- Entrada en vigor
- 2019-03-16
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Aragón
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2023-12-26
- Artículos
- 5
- Identificador BOE
- BOA-d-2019-90366
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
El transporte de viajeros en vehículos de turismo, en la modalidad de arrendamiento de vehículos con conductor, ha exigido tradicionalmente de una autorización administrativa, identificada como VTC y que habilitaba para el transporte urbano e interurbano en todo el territorio nacional, sin perjuicio de alguna especificidad.
Su regulación como no podía ser de otro modo, tratándose de una habilitación para el transporte interurbano además del urbano, se establece en una norma de carácter estatal de conformidad con el artículo 149.1.21 CE, a saber, la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
Su régimen jurídico ha sido objeto de recientes modificaciones a través de sendos Reales Decretos-Leyes.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Modificación de la Ley 14/1998, de 30 de diciembre, de los Transportes Urbanos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Artículo 3. Condiciones de explotación del servicio.
- Disposición final Primera. Desarrollo.
- Disposición final Segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 29 de marzo de 2019 |
Normas a las que afecta (2)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto-ley 7/2019?
- Decreto-ley 7/2019 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2023-12-26.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 7/2019?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 7/2019?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.