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Decreto-leyAutonómico Vigente

Decreto-ley 25/2020, de 29 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se crea y regula el Bono Turístico de Andalucía, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

BOJA-b-2020-90390 · Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 2020-09-29 · Comunidad Autónoma de Andalucía

Decreto-ley 25/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-11-25.

Resumen

El Decreto-ley 25/2020 regula la creación y funcionamiento del Bono Turístico de Andalucía, como medida extraordinaria para reactivar el sector turístico afectado por la pandemia de COVID-19. Esta norma es aplicable a todas las personas con residencia en Andalucía que realicen estancias en alojamientos turísticos de la comunidad, desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de mayo de 2021.

Los puntos clave de esta norma incluyen: la posibilidad de recibir una subvención del 25% del coste de la estancia, con un límite de 300 euros, que se puede solicitar hasta tres veces; la obligación de pernoctar al menos tres noches en un alojamiento que cumpla con el distintivo "Andalucía Segura"; y la necesidad de contratar el alojamiento a través de una agencia de viajes registrada en Andalucía. Además, se establece que las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no superen el coste total de la estancia. Este decreto-ley no ha sido derogado y sigue vigente en sus términos establecidos.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Decreto-ley 25/2020
Fecha de la disposición
2020-09-29
Publicación
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 59, 2020-09-29
Entrada en vigor
2020-09-30
Departamento
Comunidad Autónoma de Andalucía
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-11-25
Artículos
23
Identificador BOE
BOJA-b-2020-90390
Texto consolidado
boe.es

De qué trata esta norma

I

La Constitución Española, en su artículo 148.1.18.ª, establece que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial. En este sentido, el Estatuto de Autonomía para Andalucía en su artículo 71 atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva en materia de turismo, que incluye, entre otros aspectos, la ordenación y la planificación del sector turístico. Asimismo, el artículo 37 del Estatuto reconoce como uno de los principios rectores que deben orientar las políticas públicas en Andalucía el fomento del sector turístico como elemento económico estratégico, desempeñando el turismo sostenible un papel relevante en la defensa del medio ambiente, junto a otros sectores económicos vinculados al desarrollo sostenible, según su artículo 197.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (4)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Decreto-ley 25/2020?
Decreto-ley 25/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-11-25.
¿Qué normas modifican o afectan a Decreto-ley 25/2020?
El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto-ley 25/2020?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.