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Circular 5/2007, de 27 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre hechos relevantes de las Instituciones de Inversión Colectiva.

BOE-A-2008-824 · Boletín Oficial del Estado, 2008-01-17 · Comisión Nacional del Mercado de Valores

Circular 5/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Resumen

La Circular 5/2007 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores regula la comunicación de hechos relevantes por parte de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) en España. Esta norma es aplicable desde su publicación el 27 de diciembre de 2007 a todas las IIC domiciliadas en España y a aquellas comercializadas en el país.

Entre los puntos clave, se establece que las IIC deben comunicar hechos relevantes como cambios en la gestión o control, decisiones que requieran la actualización de documentos esenciales para inversores, y cualquier modificación significativa en su capital o patrimonio. Además, la Comisión Nacional del Mercado de Valores se encargará de publicar ciertos hechos relevantes de forma automática, sin necesidad de que la entidad lo comunique. También se exige que la remisión de estos hechos se realice de manera telemática, garantizando así una comunicación más ágil y eficiente. Esta circular no ha sido derogada ni anulada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Circular 5/2007
Fecha de la disposición
2007-12-27
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 15, 2008-01-17
Entrada en vigor
2008-02-06
Departamento
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
4
Identificador BOE
BOE-A-2008-824
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva (en adelante Ley de IIC), en su artículo 19, relativo a los hechos relevantes de las Instituciones de Inversión Colectiva, se remite a un posterior desarrollo reglamentario.

El Reglamento de la Ley de IIC, aprobado por Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, habilita en el artículo 28 a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para determinar la forma, el contenido y los plazos de comunicación de los hechos relevantes. Asimismo, el apartado 3 del artículo 19 del Reglamento faculta a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para exigir a las IIC extranjeras comercializadas en España cualquier información que sea necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones de supervisión.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (1)

Normas a las que afecta (1)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Circular 5/2007?
Circular 5/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Qué normas modifican o afectan a Circular 5/2007?
El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Circular 5/2007?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.