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Circular 3/2011, de 30 de junio, a entidades adscritas a un fondo de garantía de depósitos, sobre aportaciones adicionales a los fondos de garantía de depósitos.

BOE-A-2011-11349 · Boletín Oficial del Estado, 2011-07-02 · Banco de España

Circular 3/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.

Datos clave

Rango
Circular 3/2011
Fecha de la disposición
2011-06-30
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 157, 2011-07-02
Entrada en vigor
2011-07-04
Departamento
Banco de España
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-19
Artículos
6
Identificador BOE
BOE-A-2011-11349
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Los nuevos apartados 2 bis y 2 ter del artículo 3 del Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos (introducidos por la disposición final primera del Real Decreto 771/2011, de 3 de junio), contemplan la exigencia de aportaciones adicionales a los fondos existentes para aquellas entidades adscritas que concierten depósitos a plazo o liquiden cuentas a la vista con remuneraciones que excedan determinados tipos de interés, según el plazo del depósito o su carácter a la vista.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (2)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Circular 3/2011?
Circular 3/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Circular 3/2011?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.