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Resolución Vigente

Vigésimo segundo. Imputación de Costes del resto de Actividades de Nivel Superior a Actividades de Último Nivel.

Vigésimo segundo de la Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los criterios para la elaboración de la información sobre los costes de actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria de las cuentas anuales del Plan General de Contabilidad Pública. · BOE-A-2011-13514

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-07.

Texto consolidado

En esta fase se efectuará la imputación del coste de las actividades finalistas o principales y asimiladas de nivel superior a las de último nivel con las mismas características que cuando se habló en apartados anteriores del reparto de las actividades auxiliares o de las directivas, administrativas y generales de nivel superior a las de último nivel.

El resultado final de esta fase consistirá en que todas las actividades de último nivel que no hayan sido consideras como auxiliares ni directivas, administrativas y generales (o asimiladas), es decir, las actividades que se vienen denominando en esta resolución como finalistas o principales (o similares en su comportamiento) en su comportamiento, habrán recibido todos los costes que se consideran asignables de manera individualizada a las mismas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-08-07.

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