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Resolución Vigente

Vigésimo cuarto. Determinación de Márgenes de Cobertura por Actividades.

Vigésimo cuarto de la Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los criterios para la elaboración de la información sobre los costes de actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria de las cuentas anuales del Plan General de Contabilidad Pública. · BOE-A-2011-13514

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-07.

Texto consolidado

Una vez efectuada la fase descrita en el apartado vigésimo tercero todos los costes se encontrarán relacionados con todas las actividades de la organización de último nivel y los ingresos se encontrarán o bien asignados a una actividad de último nivel, o bien relacionados con una actividad de nivel superior o, por último, asociados al conjunto de la organización.

En el caso de los ingresos que se hayan asociado con actividades (al nivel que se determine en cada caso) se procederá a determinar el margen o grado de cobertura de costes que se expresará tanto en valores absolutos como relativos, representando en este último caso un porcentaje sobre el total de costes que podrá ser superior o inferior al 100%, mediante la comparación de dichos ingresos con los costes asociados a las actividades en cuestión.

El proceso de determinación de márgenes implicará, en su caso, los correspondientes procesos de agregación.

El resultado de esta fase será la determinación de todos los márgenes posibles por actividades/productos en sus diferentes niveles.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-08-07.

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