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Resolución Vigente

Vigésimo quinto. Determinación de Márgenes Globales.

Vigésimo quinto de la Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los criterios para la elaboración de la información sobre los costes de actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria de las cuentas anuales del Plan General de Contabilidad Pública. · BOE-A-2011-13514

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-07.

Texto consolidado

El cálculo del margen global se efectuará, teniendo en cuenta, como se especifica en el Apartado Vigésimo tercero, aquellos ingresos que no pueden asociarse individualmente con ninguna actividad, mediante el sumatorio de todos los márgenes determinados en el apartado anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-08-07.

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