V-15. MINUSVÁLIDO
V-15 del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. · BOE-A-1999-1826
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-23.
Texto consolidado
1. Indica que el conductor del vehículo es un minusválido que se desplaza con dificultad y que, por tanto, puede beneficiarse de las facilidades que se le otorguen con carácter general o específico.
2. Esta señal consistirá en dos placas colocadas, respectivamente, una en la parte anterior y otra en la parte posterior del vehículo.
3. Las dimensiones, color y características técnicas de esta señal se ajustarán a lo que se indica a continuacián:
LÁMINA REFLECTANTE
Color: AZUL NIVEL 2 / BLANCO NIVEL 2.
MATERIAL DEL SUSTRATO
Placa soporte: Plancha de aluminio de 1,4 ± 0.1 mm. Aleación 1.200 H14 y/o H24. Se autoriza cualquier otro material que presente características mecánicas o físicas equivalentes teniendo en cuenta su estabilidad temporal.
CARACTERES Y SUS TINTAS
Impresos sobre el material reflectante. Tipo de tinta: Blanco mate.
BORDÓN
Exteriormente a la superficie reflectante y en todo su contorno, las placas llevarán un reborde (bordón) redondeado según la figura adjunta.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-1011.