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Real Decreto Vigente 2 redacciones

V-14. APRENDIZAJE DE LA CONDUCCIÓN

V-14 del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. · BOE-A-1999-1826

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-23.

Texto consolidado

1. Indica que el vehículo circula en función del aprendizaje de la conducción o de las pruebas de aptitud.

2. Los vehículos adscritos a la enseñanza de la conducción en Escuelas de Conductores deberán llevar esta señal en la parte delantera y trasera, que será únicamente visible cuando el vehículo circule en función de la enseñanza de las pruebas de aptitud.

3. Los turismos que se utilicen para la enseñanza de la conducción al amparo de una licencia de aprendizaje, deberán llevar esta señal en la parte delantera y trasera.

4. Esta señal llevará la letra L en la parte superior y la palabra PRACTICAS en la inferior, debiendo ajustarse sus dimensiones, color y características técnicas a lo que se indica a continuación:

Para Escuela de Conductores, en la parte inferior (sin pintar) llevará troquelado a la izquierda las siglas de la provincia y el número de la escuela, en el centro el número de matrícula, y a la derecha el sello de la Jefatura de Tráfico.

Para Licencia de aprendizaje, en la parte inferior llevará troquelada la matrícula y el sello de la Jefatura de Tráfico.

LÁMINA REFLECTANTE

Color: BLANCO NIVEL 2. Color: AZUL NIVEL 2 para Escuela de Conductores Color: Rojo nivel 2 para Licencia de Aprendizaje.

MATERIAL DEL SUSTRATO

Placa soporte: Plancha de aluminio de 1,4 ± 0.1 mm. Aleación 1.200 H14 y/o H24. Se autoriza cualquier otro material que presente características mecánicas o físicas equivalentes teniendo en cuenta su estabilidad temporal.

CARACTERES Y SUS TINTAS

Impresos sobre el material reflectante. Tipo de tinta: Blanco mate y rojo.

BORDÓN

Exteriormente a la superficie reflectante y en todo su contorno, las placas llevarán un reborde (bordón) redondeado según la figura adjunta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-07-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-1011.

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