Trigésimo quinto. Pérdida de eficacia.
Trigésimo quinto de la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. · BOE-A-2021-7045
Atención: Orden ISM/419/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Quedan sin efecto:
a) La Orden ESS/1774/2016, de 4 de noviembre, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y para conceder subvenciones en el ámbito de la Secretaría de Estado de Empleo y de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, en lo que afecte al ámbito de actuación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
b) La Orden TMS/1075/2018, de 10 de octubre, por la que se delegan y se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y sus organismos públicos, en lo que afecte al ámbito de actuación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
c) La Orden ISM/132/2020, de 10 de febrero, por la que se ratifican y se aprueban delegaciones del ejercicio de competencias en determinados órganos administrativos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
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