Tercero. Modelo de autoliquidación.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-01.
Texto consolidado
Los modelos de autoliquidación se corresponden con el modelo 791 aprobado en la Orden de 11 de diciembre de 2001 por la que se modifica la Orden de 4.6.98 que regula determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública. Los modelos de autoliquidación los emitirá el sistema de inserción de anuncios puesto a disposición de los interesados en la sede electrónica de la AEBOE (www.boe.es).
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- Ver la norma completa: Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se establece el procedimiento y las condiciones para el pago de las tasas, aplicables por la inserción de anuncios en los diarios "Boletín Oficial del Estado" y "Boletín Oficial del Registro Mercantil", mediante soporte papel o por vía telemática, a través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria.