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Resolución Vigente

Segundo. Sujetos pasivos.

Segundo de la Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se establece el procedimiento y las condiciones para el pago de las tasas, aplicables por la inserción de anuncios en los diarios "Boletín Oficial del Estado" y "Boletín Oficial del Registro Mercantil", mediante soporte papel o por vía telemática, a través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria. · BOE-A-2009-20387

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-01.

Texto consolidado

Podrán efectuar el pago de las tasas a la AEBOE los sujetos pasivos, sean personas físicas o jurídicas, que publiquen anuncios en ambos diarios oficiales y sus representantes legalmente acreditados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-03-01.

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