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Orden Vigente

Tercero. Reclamaciones.

Tercero de la Orden ECO/3131/2002, de 5 de diciembre, sobre Convenios de colaboración relativos a Fondos de Inversión en Deuda del Estado. · BOE-A-2002-24226

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-13.

Texto consolidado

Sin perjuicio de las funciones de supervisión e inspección de los fondos atribuidos por la normativa vigente a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera atenderá las eventuales reclamaciones que los partícipes de fondos acogidos al Convenio hubieran formulado a las respectivas Sociedades Gestoras, sin obtener adecuada respuesta. Si las considerara fundadas, las trasladará, junto con su informe, a la correspondiente Sociedad Gestora, instando a ésta a que las atienda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-13.

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