Tercera. Aplicación temporal.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-10-10.
Texto consolidado
Las Entidades a que se refiere el número 1 del artículo IV del Acuerdo sobre asuntos económicos con la Santa Sede de 3 de enero de 1979 están sujetas al Impuesto sobre Sociedades por los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 1979.
Más artículos de BOE-A-1981-10476
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- → Cuarta. Exención de los impuestos sobre la renta.
- Ver la norma completa: Acuerdo de 10 de octubre de 1980 acerca de la aplicación del Impuesto sobre Sociedades a las Entidades eclesiásticas elaborado por la Comisión Técnica Iglesia-Estado español, en cumplimiento del Acuerdo sobre asuntos económicos entre España y la Santa Sede de 4 de diciembre de 1979.