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Orden Derogada 2 redacciones

Sexto. Carné de documentación bibliotecaria.

Sexto de la Orden CUL/4486/2004, de 30 de diciembre, por la que se establecen las normas de acceso a la Biblioteca Nacional. · BOE-A-2005-728

Atención: Orden CUL/4486/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los profesionales del libro, documentación, archivos y bibliotecas, y quienes cursen estudios en dichas áreas, podrán obtener un carné de documentación bibliotecaria que les permita el uso del préstamo personal de los fondos del Servicio de Documentación Bibliotecaria. Este carné, respecto de los fondos y servicios de la Biblioteca Nacional, tendrá la misma consideración que el carné de lector.

2. Este carné tendrá una validez de tres años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-05-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2006-9448.

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