Sexta. Publicación de la concesión de las recompensas.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-24.
Texto consolidado
1. El Real Decreto de concesión de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval o del Mérito Aeronáutico, como Gran Cruz, con distintivo blanco, se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa.
2. La Orden Ministerial o Resolución de concesión de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval o del Mérito Aeronáutico, como Cruz, con distintivo blanco, y de la Mención honorífica se publicará en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa y en la Orden de la unidad terrestre, naval o aérea donde se encuentre encuadrado o preste sus servicios el recompensado.
Más artículos de Orden DEF/3594/2003
- ← Quinta. Beneplácitos para otorgar la concesión de Cruces del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico, con distintivo blanco.
- → Séptima. Cédulas.
- Ver la norma completa: Orden DEF/3594/2003, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las normas para la tramitación y concesión ordinaria de las Cruces del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico, con distintivo blanco, y de las menciones honoríficas, la delegación de competencias en esta materia, y el uso de las condecoraciones representativas de las recompensas.