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Real Decreto Vigente

Séptimo.

Séptimo del Real Decreto 1097/2011, de 22 de julio, por el que se aprueba el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias. · BOE-A-2011-12869

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-01.

Texto consolidado

En los supuestos de emergencias declaradas de interés nacional, y para el caso en que se decida la intervención de la UME conforme a lo establecido en este protocolo, la dirección y coordinación operativa de las actuaciones a realizar en la zona siniestrada en el ámbito de la protección civil corresponderá al Jefe de la UME bajo la dependencia del Ministerio del Interior, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Norma Básica de Protección Civil, sin perjuicio de las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en materia de seguridad pública.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-09-01.

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