Sexto.
Sexto del Real Decreto 1097/2011, de 22 de julio, por el que se aprueba el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias. · BOE-A-2011-12869
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-01.
Texto consolidado
1. Los efectivos de la UME actuarán siempre encuadrados y dirigidos por los Mandos de la Unidad, teniendo en cuenta lo establecido en el apartado cuarto.4.
2. En todos los casos en que intervenga la UME, uno de sus mandos se integrará en el Centro de Coordinación Operativa desde el cual se dirija la emergencia de que se trate, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.d) de la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril.