Séptimo. Coste de las plazas.
Séptimo de la Orden de 7 de julio de 1989 por la que se regula la acción concertada del Instituto Nacional de Servicios Sociales en materia de reserva y ocupación de plazas en Centros Residenciales para la Tercera Edad y Minusválidos. · BOE-A-1989-16445
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-13.
Texto consolidado
La Dirección General del INSERSO establecerá anualmente los tipos de coste de plaza/día ocupada.
El coste plaza/reservada será del 50 por 100 del coste establecido para las plazas ocupadas.
Más artículos de BOE-A-1989-16445
- ← Sexto. Beneficiarios de las plazas.
- → Octavo. Financiación de las plazas.
- Ver la norma completa: Orden de 7 de julio de 1989 por la que se regula la acción concertada del Instituto Nacional de Servicios Sociales en materia de reserva y ocupación de plazas en Centros Residenciales para la Tercera Edad y Minusválidos.