Segundo.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-03-16.
Texto consolidado
Una vez elaborado el proyecto de Convenio y concertado su texto con la Comunidad Autónoma correspondiente, la unidad promotora del mismo lo remitirá a la Secretaria de Estado para las Administraciones Territoriales del Ministerio para las Administraciones Públicas, a efectos de tramitar la autorización indicada.
El proyecto de convenio, especialmente cuando represente una nueva linea de colaboración, deberá ir acompañado de una Memoria en la que se describan sus antecedentes y objetivos, los compromisos de colaboración contemplados y las razones que justifican su suscripción. Asimismo, se hará constar en la Memoria el cumplimiento de los tramites previos de carácter preceptivo, en particular el informe del Servicio Jurídico sobre los aspectos jurídicos del Convenio.
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- Ver la norma completa: Resolución de 9 de marzo de 1990, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 sobre Convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas.