Segundo. Adaptación de la cuarta parte del PGCP a los entes públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo.
Segundo de la Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública para los Entes Públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo. · BOE-A-2011-13316
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-04.
Texto consolidado
Los entes públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo aplicarán el «Cuadro de cuentas» de la cuarta parte del PGCP con las siguientes modificaciones:
A) Supresión de subgrupos y cuentas del PGCP.
A.1) Se suprimen los subgrupos que seguidamente se indican, no debiendo utilizarse las cuentas incluidas en los mismos:
00. De control presupuestario. Ejercicio corriente.
03. Anticipos de tesorería.
40. Acreedores presupuestarios.
41. Acreedores no presupuestarios.
43. Deudores presupuestarios.
44. Deudores no presupuestarios.
45. Deudores y acreedores por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos.
A.2) Dentro de la cuenta 490, «Deterioro de valor de créditos», se suprimen las divisionarias 4902, «Inversiones financieras en entidades del grupo, multigrupo y asociadas», y 4903, «Otras inversiones financieras».
B) Creación de subgrupos y cuentas no previstos en el PGCP.
B.1) Dentro del subgrupo 11, «Reservas», se abren las siguientes cuentas:
113. Reservas especiales.
117. Reservas voluntarias.
B.2) Se crea el subgrupo 42, «Acreedores varios», para el registro de los acreedores que surjan como consecuencia de las operaciones derivadas de la actividad que constituya el objeto fundacional de estas entidades y de aquellos otros que no se encuentren incluidos en otras cuentas del PGCP.
El detalle de las cuentas de este subgrupo es el siguiente:
42. Acreedores varios.
420. Acreedores por operaciones derivadas de la actividad.
429. Otros acreedores.
B.3) Se crea el subgrupo 46, «Deudores varios», para el registro de los deudores que surjan como consecuencia de las operaciones derivadas de la actividad que constituya el objeto fundacional de estas entidades y de aquellos otros que no se encuentren incluidos en otras cuentas del PGCP.
El detalle de las cuentas de este subgrupo es el siguiente:
46. Deudores varios.
460. Deudores por operaciones derivadas de la actividad.
469. Otros deudores.
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