Segundo. Ámbito de aplicación.
Segundo de la Circular 1/2014, de 12 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los mecanismos de asignación de capacidad a aplicar en las conexiones internacionales por gasoducto con Europa. · BOE-A-2014-1792
Atención: Circular 1/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Esta Circular será de aplicación a la capacidad de transporte de las conexiones internacionales por gasoducto del sistema gasista español con Europa.