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Real Decreto Vigente

REGLA NÚMERO 15

REGLA NÚMERO 15 del Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos. · BOE-A-1977-14944

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-19.

Texto consolidado

Bandera para embarcaciones de Hacienda

1. Descripción.

Será la bandera nacional con dos H en azul coronadas (con la Corona Real) en azul en la franja gualda, en las medidas y disposición que se indican en la figura por ambas caras.

2. Medidas.

Ancho de la bandera: a.

Largo de la bandera: 3/2 de a.

Altura de las H coronadas: 1/3 de a.

Anchura de las H: 1/6 de a.

3. Confección.

Tejido fuerte de lanilla o fibra sintética con las letras y coronas estampadas o sobrepuestas.

4. Usos.

Buques o embarcaciones del (o al servicio del) Ministerio de Hacienda.

5. Tamaños.

Los indicados en regla número 20 del título I.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-19.

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