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Orden Vigente

Regla 34. Establecimiento del sistema de anticipos de caja fija y distribución por cajas pagadoras

Regla 34 de la Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado. · BOE-A-1996-2627

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-02-28.

Texto consolidado

Cuando en un Departamento ministerial se establezca o modifique el anticipo de caja fija o su distribución por cajas pagadoras, se dará traslado de los correspondientes acuerdos a la oficina de contabilidad, acompañados del documento Adopción/Distribución de anticipos de caja fija.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-02-28.

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