Regla 22. Transmisión de las propuestas de pago.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-03.
Texto consolidado
1. Al menos una vez contabilizadas todas las operaciones del día, las oficinas de contabilidad obtendrán una relación de propuestas de pago que contendrá todas las propuestas incorporadas en el sistema de información contable.
2. Esta relación de propuestas de pago será comprobada con los documentos contables originales, para detectar posibles propuestas que, por cualquier causa, estén erróneamente contabilizadas.
3. Una vez verificada que la relación de propuestas de pago emitida es correcta, será autorizada por el interventor correspondiente, lo que conlleva la transmisión de las citadas propuestas a la tesorería respectiva, a través del sistema de información contable.
4. Cuando existan propuestas que por cualquiera causa sean erróneas, se anularán las mismas y se emitirá nueva relación con las propuestas de pago correctas para proceder a su autorización por el Interventor correspondiente.
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- ← Regla 21. Acumulación de fases.
- → Regla 23. Ordenación del pago.
- Ver la norma completa: Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social y se modifica la de 3 de julio de 2014, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.