Quinto.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-11-01.
Texto consolidado
Con la información y listado resumen indicados en los apartados anteriores, los Ministerios, organismos autónomos, entidades de Derecho Público y entes públicos, remitirán un informe propuesta que incluya:
a) Plan de reubicación de sus unidades por localidades y provincias, especificando el plazo de ejecución de dicha reubicación, las unidades afectadas y los edificios implicados.
b) Edificios que, en su caso, resulten innecesarios y el plazo de su puesta a disposición de patrimonio del Estado.
c) Estimación por localidades y provincias, de sus necesidades inmobiliarias para los próximos cuatro años, con descripción de las características básicas de los edificios que se incluyan en dicha estimación.
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- Ver la norma completa: Resolución de 29 de octubre de 1996, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de octubre de 1996 por el que se adoptan medidas urgentes para mejorar el aprovechamiento del patrimonio inmobiliario de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.